La estructura tradicional de la familia ha evolucionado significativamente a lo largo de los años. Hoy en día, es cada vez más común encontrar familias que no se ajustan al modelo convencional de padres biológicos y sus hijos. En su lugar, surgen las llamadas «familias reconstituidas», que se forman cuando dos personas que tienen hijos de relaciones anteriores deciden unir sus vidas y criar a sus hijos juntos. Este artículo explora el concepto de las familias reconstituidas, sus desafíos en lo relativo a sus relaciones jurídicas y las estrategias para construir relaciones fuertes y armoniosas en este contexto.
¿Qué son las familias reconstituidas?.
Las familias reconstituidas, también conocidas como familias ensambladas o familias mixtas, son aquellas en las que al menos uno de los cónyuges tiene hijos de una relación anterior. Estas relaciones pueden surgir a través del matrimonio, la convivencia o cualquier otra forma de unión de pareja. En este contexto, los padres biológicos pueden tener hijos juntos y también hijos de relaciones anteriores.
En el plano legal, el concepto «familia» no aparece como tal definida en el Código Civil por lo que el término de familia reconstituida carece de un concepto legal. El articulo 39.1 de la Constitución no distingue entre familias de modo que gozan de igual protección constitucional todas las familias, sean consecuencia de un matrimonio, de una unión estable heterosexual, o de una pareja de hecho. Sin embargo, el Código Civil Catalán no es ajeno a este nuevo concepto de familia pues reconoce como familia a los hijos de cada uno de los progenitores que habitan en el mismo núcleo familiar ya que establece en su artículo 23.1.2 que “Se reconocen como miembros de la familia, con los efectos que legalmente se determinen, los hijos de cada uno de los progenitores que convivan en el mismo núcleo familiar, como consecuencia de la formación de familias reconstituidas.
Desafios de las familias reconstituidas.
Uno de los principales desafíos que surgen a raíz de la creación de una familia reconstituida es el relativo a las relaciones jurídicas que unen a los miembros de esta nueva familia, así como las dificultades que pueden aparecer en el ejercicio de la parentalidad.
- Relaciones entre los hijos de cada conviviente: cuando dos personas aportan a la nueva familia hijos de sus anteriores matrimonios, esos hijos suelen vulgarmente denominarse «hermanastros». Sin embargo, estos hijos no están unidos ni por un vínculo de consanguinidad ni de afinidad pues no comparten ni el mismo padre ni la misma madre, por lo que el reconocimiento como miembros de la familia a los hijos de cada progenitor no supone entender que son hermanos, aunque convivan como tal.
- Relaciones entre los hijos de una parte y la otra parte: en cuanto a la relación del “otro padre” con respecto a los hijos de su actual pareja, pueden surgir problemas en relación a la autoridad que pueden ejercer estos con sus “nuevos hijos”. El artículo 154 del Código Civil establece que los hijos no emancipados están bajo la potestad de los padres, pero hay que tener en cuenta que estos nuevos hijos no son hijos naturales por lo que “el otro” legalmente carece de potestad no sólo para educarles, sino también para corregirles.
- Derechos de un progenitor con los hijos del otro en caso de fallecimiento, divorcio o separación: puede ocurrir que el progenitor de los menores fallezca o que pasados los años decida poner fin a la convivencia o al matrimonio planteándose en este caso que si el otro progenitor tiene algún derecho con respecto a estos hijos. A este respecto, es interesante destacar la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de Mayo del 2011 (320/2011) en la que establece que «…En lo correspondiente al derecho a tener relaciones con parientes y allegados, hay que tener en cuenta que el niño no puede ver recortada la relación y comunicación con personas que le son próximas humana y afectivamente, por causa de las diferencias entre dichas personas. Por ello, el interés del menor obliga a los tribunales a decidir que el niño tiene derecho a relacionarse con los miembros de su familia, con independencia de que entre ellos existan o no lazos biológicos.».
- Obligación de alimentar a los hijos del otro progenitor: legalmente el otro progenitor no tiene ninguna obligación de proporcionar alimentos a los hijos de su nueva pareja aunque convivan en la misma casa, aunque esto no suele ser así en tanto que mientras hay convivencia, suele haber una economía común.
A estos desafíos jurídicos, hay que enfrentar un proceso de adaptación emocional de todos los miembros para construir una buena convivencia. Los hijos de una y otra parte pueden sentirse confundidos o resentidos por la introducción de un nuevo padre o madre en su vida con por ejemplo, estilos de crianza diferentes, mientras que los adultos pueden enfrentar desafíos al equilibrar las responsabilidades parentales y emocionales con los hijos de relaciones anteriores. En estos casos, mantener una comunicación abierta y efectiva entre todos los miembros de la familia es esencial. Se debe aprender a hablar sobre los sentimientos, expectativas y preocupaciones de cada uno de ellos para resolver conflictos de manera constructiva, fomentando la empatía y la cooperación entre todos los miembros de la familia.
Estrategias para construir familias reconstituidas exitosas.
- Comunicación abierta: Fomentar un ambiente en el que todos los miembros de la familia se sientan cómodos expresando sus pensamientos y emociones es esencial. Establecer momentos regulares para hablar en familia puede ayudar a resolver problemas y fortalecer los lazos.
- Establecer límites y reglas claras: Definir expectativas y reglas claras es fundamental para mantener un ambiente armonioso en la familia. Los padres deben trabajar juntos para establecer normas que sean justas y apropiadas para todos los hijos.
- Fomentar la empatía: Ayudar a los hijos a entender y empatizar con las circunstancias de sus hermanastros puede promover la solidaridad y el respeto mutuo. Esto puede lograrse a través de conversaciones abiertas y actividades en las que todos participen.
- Buscar apoyo profesional: En algunos casos, puede ser beneficioso buscar la ayuda de un terapeuta familiar o consejero matrimonial para abordar problemas complejos y mejorar la dinámica familiar. La clave para construir relaciones sólidas en estas familias radica en la comunicación, la empatía y el trabajo conjunto. Al abordar los desafíos de manera abierta y constructiva, las familias reconstituidas pueden crear hogares felices y saludables donde todos los miembros se sientan valorados y amados.
Las familias reconstituidas son una realidad creciente en la sociedad actual, por lo que sería deseable que la legislación y, más concretamente el Derecho de Familia, fuese adaptándose a esta nueva realidad social para dar cabida a esta nueva forma de vinculación socioafectiva, y que desde los poderes públicos se tomasen medidas de apoyo a esta nueva tipología familiar, dotándola de derechos y reconocimiento en los planos administrativo e institucional.